La parcela se ubica a escasos 2 km de la salida 197 a la Autovía A-67 Santander-Torrelavega y a 10 km de Santander.
En unos 14.000 m2 de suelo industrial existen actualmente diferentes naves y edificio de oficinas con una superficie construida de 8.300 m2.
La naves industriales tienen carácter polivalente puesto que es susceptible de utilización para distintas actividades empresariales, y por parte de distintas empresas o agentes económicos, sin que existan limitaciones legales o administrativas que restrinjan apreciablemente su uso o la posibilidad de su venta.
El inmueble se encuentra regulado por la Ordenanza nº 11 de Suelo Urbano, denominada "Industrial No Exclusivo". Los parámetros reguladores de dicha ordenanza son:
- Definición: Edificación de uso industrial con compatibilidad para otros usos alternativos.
- Parcela mínima de terreno: 300 m2s.
- Edificabilidad máxima: 0,80 m2c/m2s.
- Separación mínima a colindantes: 5 m. La edificación se puede adosar a los linderos laterales cuando se actúe conjuntamente con las parcelas colindantes.
- Altura máxima: 10 m. sobre el nivel del terreno, equivalentes a dos plantas.
- Frente mínimo de parcela: 20 m.
- Usos permitidos: Industrial. Usos tolerados: Vivienda para guardería y vigilancia, agropecuario, comercial, oficinas, deportivo (sin espectadores), transportes.